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Asesoramiento Legal – Abogados

Compliance ha sido el término empleado para referirse al cumplimiento normativo en una organización. Al emplear esta terminología, estamos ante el conjunto de políticas, procedimientos y acciones que una organización lleva a cabo para asegurar que sus actividades se ajusten a las leyes, regulaciones, normas y estándares éticos aplicables en su ámbito de actuación.

Desde otra perspectiva, específicamente en el ámbito público, el compliance puede definirse como el conjunto de políticas, procedimientos y buenas prácticas, establecidas por una entidad para prevenir la realización por sus directivos, empleados y terceros con los que mantiene relaciones comerciales o de otro tipo, de actuaciones contrarias a la legalidad, a su normativa interna y a los códigos éticos de los que se ha dotado a sí misma, por lo que, desde este punto de vista, implicaría identificar, evaluar y gestionar los riesgos relacionados con el cumplimiento normativo y jurídico para obtener una optimización de la gestión pública, el control de la economía, finanzas y el mejoramiento de la calidad de los servicios.

El objeto del compliance es el cumplimiento de la legalidad y la normativa es una tarea fundamental para el correcto funcionamiento de una organización, ya sea que se encuentre en el sector público o en el sector privado. Visto de ese modo, se infiere que el objeto principal del compliance en el sector público es prevenir y minimizar los riesgos de irregularidades y de actos de corrupción que pueden derivar de infracciones o incumplimientos normativos.

Con relación a la implementación de programas de compliance para el sector público, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece de manera expresa sobre la base de la lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses, la necesidad que tienen los órganos de contratación, de tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores, lo que encuadra perfectamente en el perfil de un programa de compliance para el sector público.

Si necesitas obtener más información sobre este asunto no dudes en contactar con nosotros, puedes llamarnos al teléfono (+34) 620068469, enviarnos un WhatsApp o enviarnos un email a info@cristinafernandezabogados.com

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Cristina Fernández