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¿En qué consiste el salario mínimo interprofesional?
El salario mínimo interprofesional es la cuantía retributiva mínima que debe percibir el trabajador por la jornada legal de trabajo, y será fijada anualmente por el Gobierno.
Aspectos característicos del salario mínimo interprofesional
El salario mínimo interprofesional presenta las siguientes particularidades:
- Se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
- Se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizara jornada inferior se percibirá a prorrata.
¿Cómo se determina el salario mínimo interprofesional?
El salario mínimo interprofesional 2026 se determina:
- Tomando como base el índice de precios de consumo.
- La productividad media nacional alcanzada.
- El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
- La coyuntura económica general.
¿Cuál es el incremento del salario mínimo interprofesional para 2026?
Las nuevas cuantías previstas en el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026, representan un incremento del 3,1 por ciento respecto de las previstas en el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025. Con esta subida,
- Por un lado, se atiende de manera efectiva al derecho a una remuneración equitativa y suficiente que proporcione a las personas trabajadoras y a sus familias un nivel de vida decoroso; y,
- Por otro lado, se mantiene el objetivo de que el salario mínimo interprofesional alcance el 60 por ciento del salario medio.
¿Cómo queda fijado el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2026?
Conforme lo previsto en el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2026, para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de las personas trabajadoras, queda fijado en 40,70 euros/día o 1.221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses. En ese sentido, el Salario Mínimo Interprofesional, se sitúa en 17.094 euros brutos anuales distribuidos en 14 pagas de 1.221 euros al mes, exentos de tributación.
¿Cuáles son los complementos salariales que se adicionaran al salario mínimo interprofesional para 2026?
Al salario mínimo interprofesional correspondiente a 2026 se le adicionará, sirviendo aquel como módulo, en su caso y conforme a lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, a saber:
- El salario base, como retribución fijada por unidad de tiempo o de obra.
- Complementos salariales fijados en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o a la situación y resultados de la empresa, que se calcularán conforme a los criterios que a tal efecto se pacten.
Igualmente se pactará el carácter consolidable o no de dichos complementos salariales, no teniendo el carácter de consolidables, salvo acuerdo en contrario, los que estén vinculados al puesto de trabajo o a la situación y resultados de la empresa.
¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional de los empleados de hogar?
El salario mínimo de los empleados y empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo será de 9,55 euros por hora trabajada.
¿La subida del salario mínimo interprofesional tiene efectos retroactivos?
Si, efectivamente, el incremento del salario mínimo interprofesional se aplicará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2026.
¿A quiénes no se aplicarán las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional?
Las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional para 2026, no serán de aplicación:
- A las normas vigentes a la fecha de entrada en vigor del salario mínimo interprofesional, de las comunidades autónomas, de las ciudades de Ceuta y Melilla y de las entidades que integran la Administración local que utilicen el salario mínimo interprofesional como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos, salvo disposición expresa en contrario de las propias comunidades autónomas, de las ciudades de Ceuta y Melilla o de las entidades que integran la Administración local.
- A cualquier contrato y pacto de naturaleza privada vigentes a la fecha de entrada en vigor del salario mínimo interprofesional, que utilicen el salario mínimo interprofesional como referencia a cualquier efecto, salvo que las partes acuerden la aplicación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional.
¿Los trabajadores que cobran el salario mínimo interprofesional, tienen que tributar en Hacienda?
Las personas perceptoras del salario mínimo interprofesional están exentas de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Diferencias entre el salario mínimo interprofesional y el salario base
A pesar de que se trata de una cuantía retributiva, la misma no puede confundirse con el salario base, ya que, en este caso, el salario base no es fijado por el Gobierno, sino que es concretado atendiendo a convenios colectivos, suscritos con cada empresa. Siendo así, dentro de los aspectos diferenciadores, tenemos:
- El salario mínimo interprofesional es el límite legal inferior que el Gobierno establece anualmente para proteger a todos los trabajadores, garantizando una retribución mínima. Mientras que el salario base es la parte fija de la nómina, retribuida por unidad de tiempo u obra, establecida en el contrato o convenio colectivo según la categoría profesional.
- El salario mínimo interprofesional incluye el salario base más la mayoría de los complementos salariales y pagas extras, y el salario base, como su denominación lo indica, es sólo remuneración base.
- Ningún trabajador a jornada completa puede cobrar menos del total anual del salario mínimo interprofesional. Sin embargo, el salario base puede ser inferior al salario mínimo interprofesional, siempre y cuando la suma de todos los conceptos salariales supere el total del salario mínimo interprofesional anual.
- El salario mínimo interprofesional lo fija el gobierno, basándose en la productividad, inflación y situación económica, mientras que, por su parte el sueldo base, lo determina el convenio colectivo aplicable a la empresa o el contrato individual.
Fuente: Admistrativando.
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